Programas

PROGRAMAS

PROGRAMA DE ASISTENCIA PARA LA CADENA DE VALOR VITIVINICOLA ARGENTINA

(Resolución 249/2009 Secretaria de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación)
Tiene por objeto mejorar la competitividad del sector vitivinícola, fortaleciendo el volumen de negocios, así como la generación de valor y empleo genuino, y en particular, integrar a la cadena de valor vitivinícola a los pequeños y medianos productores y establecimientos procesadores.

ACCIONES:

a) Desarrollo y promoción de esquemas asociativos entre pequeños y medianos productores y establecimientos procesadores vitivinícolas (bodegas, secaderos, plantas de empaque, etcétera).
b) Apoyo para la implementación de planes integrados y articulados de negocios vitivinícolas.
c) Fortalecimiento y articulación de la institucionalidad.
d) Desarrollo e implementación de herramientas de diferenciación contempladas en el PROGRAMA NACIONAL DE AGREGADO DE VALOR DESTINADO A LA AGROINDUSTRIA —VALORAR—.
e) Apoyo y promoción para la adopción de nuevas tecnologías y procesos que contribuyan a la expansión del sector vitivinícola
f) Promoción de nuevas inversiones.
g) Capacitación de nuevos emprendedores.
h) Diseño de instrumentos de financiamiento específicos.
El PROGRAMA DE ASISTENCIA PARA LA CADENA DE VALOR VITIVINICOLA ARGENTINA se ejecutará en todas las provincias en las cuales se desarrolle la actividad vitivinícola.

APLICACIÓN DEL PROGRAMA EN LA PROVINCIA DE RIO NEGRO

En nuestra provincia Programa de Asistencia para la Cadena de Valor Vitivinícola se ejecuta en base a convenios con el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Nación, donde se detallan los subprogramas, destino general de los fondos, procedimientos y reglamento operativo para su ejecución y posterior rendición de lo ejecutado.
En el caso de la primera etapa de ejecución de un fondo de 5 millones de pesos se realizaron los convenios N° 123 y 169 y se realizaron 3 subprogramas, a saber:

 

TOTAL DE ANR POR SUBPROGRAMA

SUBPROGRAMA

CANTIDAD PROYECTOS

CANTIDAD BENEFICIARIOS

MONTO TOTAL

Reconversión Bodegas

39

34

3,064,720

Reparación Maquinarias

61

61

1,470,314

Reconversión Varietal

16

16

220,290

 

 

 

 

TOTAL

116

111

4,755,324




TOTAL DE ANR POR LOCALIDAD

LOCALIDAD

CANTIDAD PROYECTOS

CANTIDAD BENEFICIARIOS

MONTO TOTAL

Allen

3

3

127,766.00

Barda del Medio

2

1

45,300

Campo Grande

1

1

100,000

Cervantes

6

6

191,301.25

Choele Choel

3

3

128,380

Cipolletti

2

2

40,490

Conesa

4

4

144,961.40

Darwin

1

1

12,000

Fernandez Oro

5

5

458,416.03

Godoy

1

1

29,921

Gral Roca

26

25

1,283,021.80

Huergo

10

10

380,706.60

J. J. Gomez

2

2

70,814

Luis Beltran

7

6

157,930

Mainque

25

24

772,893.94

Rio Colorado

7

6

141,340

Viedma

8

8

455,562.41

Villa Regina

3

3

214,520

 

 

 

 

TOTAL

116

111

4,755,324.43

       
 

Para esta etapa se tuvo en cuenta que el sector vitivinícola provincial posee productores primarios cuyas explotaciones cuentan con bajo niveles de inversión, atraso tecnológico en los viñedos y con maquinaría antigua debido a los problemas financieros, lo que genera fuertes oscilaciones en los ingresos por las diferencias de cantidad y calidad del producto logrado y que ocupa mano de obra familiar y de operarios temporarios en tiempo de cosecha.

Que para producir vinos finos de calidad no solo hace falta materia prima adecuada sino equipamiento e instalaciones de bodega orientadas a la calidad, con adopción de tecnología que logre mayor apropiación del valor agregado en toda la cadena, mejorando la rentabilidad y su posterior distribución.

Los 3 subprogramas cumplieron con el objetivo de asistir técnica y financieramente a los diferentes actores de la cadena vitivinícola.

a) Subprograma de Reconversión Varietal
Objetivo: aumentar la superficie de viñedos con variedades de alta calidad enológica y variedades de uva de mesa con alto valor de mercado.
Aporte: ANR de hasta $30.000 por productor.
b) Subprograma de Reparación de Maquinaría Agrícola
Objetivo: mejorar el parque de maquinarias para optimizar la producción.
Aporte: ANR de hasta $30.000 por productor.
c) Subprograma de Reconversión Tecnológica de Bodegas
Objetivo: mejorar la calidad de los vinos.
Aporte: ANR de hasta $100.000 por bodega habilitada por el INV.
d) Subprograma Fondo Rotatorio: Sin ejecutar

Actualmente se encuentra firmado el Convenio N°4 , por otros 3 millones de pesos, sobre los que se están acordando los subprogramas, destino de los fondos, procedimientos y reglamento operativo en acuerdo con el Ministerio de Nación.



PROVIAR: http://www.coviar.com.ar/pages/proyectos


El Plan Estratégico Vitivinícola (PEVI) 2020 tiene, entre otros objetivos, apoyar el desarrollo de pequeños productores de uva para integrarlos rentablemente en el negocio vitivinícola y para ello implementa el Programa de Integración de Pequeños Productores Vitivinícolas (PROVIAR I) que está orientado al fortalecimiento de la articulación entre pequeños bodegueros y establecimientos concentradores y empacadores de uva de mesa, buscando una integración de los mismos que les asegure un destino seguro de la producción.

Objetivos: Mejorar la rentabilidad y estabilidad de pequeños productores y bodegueros, mediante mecanismos de asociación e integración para el mejoramiento de las fincas y establecimientos participantes.

Alcance General del Programa
Para los pequeños productores que necesiten mejorar sus fincas y quieran asociarse a bodegueros fijando acuerdos de precios y planes de renovación vitícola.

Para bodegas, establecimientos concentradores y empacadores en fresco que quieran integrar a sus viñateros por contratos, asegurándose la provisión y la calidad de las uvas que necesitan, recibiendo como apoyo asistencia técnica y financiera para mejorar sus establecimientos.

La Dirección de Vitivinicultura del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de Río Negro colabora con sus cuadros técnicos, en el marco del PROVIAR, a los efectos de ejecutar el programa.

El PROVIAR es un programa financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), con respaldo del gobierno nacional y ejecutado por la Corporación Vitivinícola Argentina (COVIAR).

PROVIAR promueve la formación de grupos integrados y la formulación de planes de negocios vitivinícolas, que asocien a pequeños productores primarios con establecimientos industriales y comerciales en cadenas vitivinícolas.

APLICACIÓN EN LA PROVINCIA DE RIO NEGRO DEL COVIAR I (Ejecutado en dólares)

Total Rio Negro

u$s 325.528

Grupo General Conesa (Uva de Mesa)

u$s 29.324

Grupo Océano (BODEGA)

u$s 22.603

Grupo Produva (Uva de Mesa)

u$s 60.229

Grupo Rio Colorado (Uva de Mesa)

u$s 13.933

Grupo Tronelli (BODEGA)

u$s 37.301

Grupo Valle Medio (Uva de Mesa)

u$s  3.052

Grupo Valle Soleado (BODEGA)

u$s 90.170

Grupo Villa Regina (BODEGA)

u$s 68.916


Actualmente se encuentra en formulación el PROVIAR II que complementará la consecución de este programa de apoyo a los pequeños productores vitivinícolas.




Programa compensador para daños ocasionados por granizo
 

Este Programa tiene como finalidad el resarcimiento de los perjuicios ocasionados hasta el "Costo Medio Operativo” (CMO) por kilogramo que se defina para cada especie en las condiciones establecidas en la reglamentación de la ley.

Se designa como autoridad de aplicación al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca a través de la Secretarí­a de Fruticultura.

También crea el Ente Compensador Agrí­cola de Daños por Granizo (ECG) organismo autárquico que tiene por función administrar  el Fondo Mixto Compensador e instrumentar el programa. Este ente está administrado por 3 representantes titulares y 3 suplentes designados por la Federación de Productores de Fruta de Rí­o Negro y Neuquén y 3 representantes titulares y 3 suplentes por el Estado provincial  a designar por el ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Entre las  principales  funciones asignadas al  Ente Compensador  Agrí­cola se encuentra la de fijar anualmente, mediante metodologí­a aprobada por Resolución, el valor de la alí­cuota o cuota por kilogramo  de fruta de acuerdo a la especie, la variedad si correspondiera y la historia de siniestralidad de la zona. 

Asimismo se puede modificar los porcentajes de la composición  de la alí­cuota en caso de  aportes extraordinarios. 

También fiscaliza y verifica, por si o por terceros, los daños ocasionados por granizo denunciados fehacientemente por el productor. El productor adherido y con siniestro deberá dar continuidad de las  labores culturales y las rutinas técnicas  necesarias para la obtención de fruta sana.

Tiene como funciones además  liquidar la compensación  de daños por granizo y ordenar su pago y  disponer  la  inclusión de otras especies  y variedades dentro de  las cubiertas  por el Programa, en el marco de  las condiciones generales  que  fija la presente Ley  y su reglamentación.

El programa  se financia  mediante un Fondo denominado "Fondo Mixto Compensador de Daños por Granizo de la Provincia de Rí­o Negro",  integrado por el aporte de los productores  adherentes al Programa  y del Estado  Provincial de aportes  extraordinarios  provenientes de otras fuentes públicas  y/o privadas.

Los aportes de los fondos lo realizan la Provincia de Río Negro y los Productores  Adherentes de acuerdo al siguiente esquema:  

a)     Hasta 50 hectáreas  de superficie neta implantadas de las especies incluidas  por el Programa para el año correspondiente, el productor aporta el monto resultante del cincuenta  por ciento (50%)  de la alí­cuota  determinada por el ECG, por kilogramo de producto asegurado.

b)     De 50 y hasta 70 hectáreas  de superficie neta  implantadas, y por productor, el monto resultante  del setenta  por setenta por ciento (70%) del valor  de la alí­cuota determinada por el ECG, por kilogramo de producto asegurado.

c)     De más de 70 y hasta 100 hectáreas de superficie  neta implantadas y por productor, el monto resultante del ochenta por ciento (80%) del valor de la alí­cuota determinada por kilogramo de producto asegurado.

d)     Los que excedan las 100 hectáreas  de superficie neta implantada deberán pagar el monto resultante del ciento por ciento (100%) de la alí­cuota determinada por kilogramo de producto asegurado, quedando en este caso  el Estado Provincial exceptuando  de realizar aportes.

El Estado Provincial aportará el monto que complemente el ciento por ciento  (100%)  de la alí­cuota  de cada  uno de los estratos  de adherentes indicados en el inciso a) por kilogramo de producto asegurado proveniente de una partida especial del Presupuesto  Provincial.

Con la finalidad de evitar quebrantos  en el Fondo, se limita hasta  dos millones de kilogramos la producción asegurable y resarcible para cada Unidad Productiva o de Unidades Productivas de un mismo productor que se encuentren distanciadas a menos de mil metros  una de otra. Un productor podrá asegurar  más de una Unidad Productiva que se encuentren a mas de mil metros  de distancia una  de otra hasta  dos millones  de kilogramos en cada una.

El Programa  alcanza a todos aquellos  productores  que tengan explotaciones frutí­colas, vití­colas y/u hortí­cola en la provincia de Rí­o Negro, con cultivos incluidos en el  Programa y que  cumplan con los requisitos, plazos y condiciones que establezca  el reglamento operativo del  Programa de cada temporada.

Serán beneficiarios  aquellos productores que adhieran  voluntariamente  al Programa mediante  su inscripción  antes  de la fecha  limite  que establezca el ECG para cada especie /variedad, suscribiendo a tal efecto el Convenio de Adhesión  correspondiente y aportando la cuota-parte en el tiempo y la forma que fije el Reglamento Operativo del Programa.

Cualquier productor puede ingresar y salir del Programa libremente mediante comunicación  fehaciente o  simplemente no adhiriendo  a la siguiente campaña  de producción de acuerdo a la fecha que se establezca,  a excepción de aquellos productores que  hayan  recibido beneficios  por daño, los que están obligados a continuar a la temporada siguiente, según  lo establece el Reglamento  Operativo del Programa.

 El productor que se retira del Programa no recibirá indemnización alguna, ni podrá  reclamar las cuotas aportadas por el tiempo que estuvo adherido, aún en los casos de pagos parciales de la alí­cuota correspondiente a una temporada de adhesión.

El productor con siniestro en su monte deberá continuar con las labores técnicas y culturales normales para la obtención de productos sanos y de calidad. Si en el momento  de la inspección  definitiva el  verificador  constatara que  la actividad cultural no se ha cumplimentado, deberá incluir esta circunstancia en el Acta y el ECG podrá excluirlo del cobro de la  compensación.

Con la constitución de este Fondo Fiduciario se propone reducir los costos, maximizar los recursos, dotar a los  beneficiarios que se incorporen a este régimen de seguridad jurí­dica, valerse de un sistema ágil y dinámico, y asegurar la afectación especifica  del  aporte, beneficiando al sector que  lo originan. 



INFORMACION PARA UVA DE MESA

 

AÑOS

CMO ($/kg)

Resarcimiento

Alicuotas a pagar por el productor ($/Kg)

Hasta 50Ha

Cant. Prod.

Adheridos

Temporada 2011/ 2012

       1.90

0.095

3

Temporada 2012/2013

       2.10

0.130

3

Temporada 2013/2014

       2.52

0.160

3




INFORMACION PARA UVA DE VINIFICAR

 

AÑOS

CMO ($/kg)

Resarcimiento

Alicuotas a pagar por el productor ($/Kg)

Hasta 50Ha

Cant. Prod.

Adheridos

Temporada 2011/ 2012

1.15

0.057

11

Temporada 2012/2013

1.28

0.079

13

Temporada 2013/2014

1.38

0.095

13