PROGRAMAS
PROGRAMA DE ASISTENCIA PARA LA CADENA DE VALOR VITIVINICOLA ARGENTINA
(Resolución 249/2009 Secretaria de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación)
Tiene por objeto mejorar la competitividad del sector vitivinícola, fortaleciendo el volumen de negocios, así como la generación de valor y empleo genuino, y en particular, integrar a la cadena de valor vitivinícola a los pequeños y medianos productores y establecimientos procesadores.
ACCIONES:
a) Desarrollo y promoción de esquemas asociativos entre pequeños y medianos productores y establecimientos procesadores vitivinícolas (bodegas, secaderos, plantas de empaque, etcétera).
b) Apoyo para la implementación de planes integrados y articulados de negocios vitivinícolas.
c) Fortalecimiento y articulación de la institucionalidad.
d) Desarrollo e implementación de herramientas de diferenciación contempladas en el PROGRAMA NACIONAL DE AGREGADO DE VALOR DESTINADO A LA AGROINDUSTRIA —VALORAR—.
e) Apoyo y promoción para la adopción de nuevas tecnologías y procesos que contribuyan a la expansión del sector vitivinícola
f) Promoción de nuevas inversiones.
g) Capacitación de nuevos emprendedores.
h) Diseño de instrumentos de financiamiento específicos.
El PROGRAMA DE ASISTENCIA PARA LA CADENA DE VALOR VITIVINICOLA ARGENTINA se ejecutará en todas las provincias en las cuales se desarrolle la actividad vitivinícola.
APLICACIÓN DEL PROGRAMA EN LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
En nuestra provincia Programa de Asistencia para la Cadena de Valor Vitivinícola se ejecuta en base a convenios con el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Nación, donde se detallan los subprogramas, destino general de los fondos, procedimientos y reglamento operativo para su ejecución y posterior rendición de lo ejecutado.
En el caso de la primera etapa de ejecución de un fondo de 5 millones de pesos se realizaron los convenios N° 123 y 169 y se realizaron 3 subprogramas, a saber:
TOTAL DE ANR POR SUBPROGRAMA |
|||
SUBPROGRAMA |
CANTIDAD PROYECTOS |
CANTIDAD BENEFICIARIOS |
MONTO TOTAL |
Reconversión Bodegas |
39 |
34 |
3,064,720 |
Reparación Maquinarias |
61 |
61 |
1,470,314 |
Reconversión Varietal |
16 |
16 |
220,290 |
|
|
|
|
TOTAL |
116 |
111 |
4,755,324 |
TOTAL DE ANR POR LOCALIDAD |
|||
LOCALIDAD |
CANTIDAD PROYECTOS |
CANTIDAD BENEFICIARIOS |
MONTO TOTAL |
Allen |
3 |
3 |
127,766.00 |
Barda del Medio |
2 |
1 |
45,300 |
Campo Grande |
1 |
1 |
100,000 |
Cervantes |
6 |
6 |
191,301.25 |
Choele Choel |
3 |
3 |
128,380 |
Cipolletti |
2 |
2 |
40,490 |
Conesa |
4 |
4 |
144,961.40 |
Darwin |
1 |
1 |
12,000 |
Fernandez Oro |
5 |
5 |
458,416.03 |
Godoy |
1 |
1 |
29,921 |
Gral Roca |
26 |
25 |
1,283,021.80 |
Huergo |
10 |
10 |
380,706.60 |
J. J. Gomez |
2 |
2 |
70,814 |
Luis Beltran |
7 |
6 |
157,930 |
Mainque |
25 |
24 |
772,893.94 |
Rio Colorado |
7 |
6 |
141,340 |
Viedma |
8 |
8 |
455,562.41 |
Villa Regina |
3 |
3 |
214,520 |
|
|
|
|
TOTAL |
116 |
111 |
4,755,324.43 |
|
Para esta etapa se tuvo en cuenta que el sector vitivinícola provincial posee productores primarios cuyas explotaciones cuentan con bajo niveles de inversión, atraso tecnológico en los viñedos y con maquinaría antigua debido a los problemas financieros, lo que genera fuertes oscilaciones en los ingresos por las diferencias de cantidad y calidad del producto logrado y que ocupa mano de obra familiar y de operarios temporarios en tiempo de cosecha.
Que para producir vinos finos de calidad no solo hace falta materia prima adecuada sino equipamiento e instalaciones de bodega orientadas a la calidad, con adopción de tecnología que logre mayor apropiación del valor agregado en toda la cadena, mejorando la rentabilidad y su posterior distribución.
Los 3 subprogramas cumplieron con el objetivo de asistir técnica y financieramente a los diferentes actores de la cadena vitivinícola.
a) Subprograma de Reconversión Varietal
Objetivo: aumentar la superficie de viñedos con variedades de alta calidad enológica y variedades de uva de mesa con alto valor de mercado.
Aporte: ANR de hasta $30.000 por productor.
b) Subprograma de Reparación de Maquinaría Agrícola
Objetivo: mejorar el parque de maquinarias para optimizar la producción.
Aporte: ANR de hasta $30.000 por productor.
c) Subprograma de Reconversión Tecnológica de Bodegas
Objetivo: mejorar la calidad de los vinos.
Aporte: ANR de hasta $100.000 por bodega habilitada por el INV.
d) Subprograma Fondo Rotatorio: Sin ejecutar
Actualmente se encuentra firmado el Convenio N°4 , por otros 3 millones de pesos, sobre los que se están acordando los subprogramas, destino de los fondos, procedimientos y reglamento operativo en acuerdo con el Ministerio de Nación.
PROVIAR: http://www.coviar.com.ar/pages/proyectos
El Plan Estratégico Vitivinícola (PEVI) 2020 tiene, entre otros objetivos, apoyar el desarrollo de pequeños productores de uva para integrarlos rentablemente en el negocio vitivinícola y para ello implementa el Programa de Integración de Pequeños Productores Vitivinícolas (PROVIAR I) que está orientado al fortalecimiento de la articulación entre pequeños bodegueros y establecimientos concentradores y empacadores de uva de mesa, buscando una integración de los mismos que les asegure un destino seguro de la producción.
Objetivos: Mejorar la rentabilidad y estabilidad de pequeños productores y bodegueros, mediante mecanismos de asociación e integración para el mejoramiento de las fincas y establecimientos participantes.
Alcance General del Programa
Para los pequeños productores que necesiten mejorar sus fincas y quieran asociarse a bodegueros fijando acuerdos de precios y planes de renovación vitícola.
Para bodegas, establecimientos concentradores y empacadores en fresco que quieran integrar a sus viñateros por contratos, asegurándose la provisión y la calidad de las uvas que necesitan, recibiendo como apoyo asistencia técnica y financiera para mejorar sus establecimientos.
La Dirección de Vitivinicultura del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de Río Negro colabora con sus cuadros técnicos, en el marco del PROVIAR, a los efectos de ejecutar el programa.
El PROVIAR es un programa financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), con respaldo del gobierno nacional y ejecutado por la Corporación Vitivinícola Argentina (COVIAR).
PROVIAR promueve la formación de grupos integrados y la formulación de planes de negocios vitivinícolas, que asocien a pequeños productores primarios con establecimientos industriales y comerciales en cadenas vitivinícolas.
APLICACIÓN EN LA PROVINCIA DE RIO NEGRO DEL COVIAR I (Ejecutado en dólares)
Total Rio Negro |
u$s 325.528 |
Grupo General Conesa (Uva de Mesa) |
u$s 29.324 |
Grupo Océano (BODEGA) |
u$s 22.603 |
Grupo Produva (Uva de Mesa) |
u$s 60.229 |
Grupo Rio Colorado (Uva de Mesa) |
u$s 13.933 |
Grupo Tronelli (BODEGA) |
u$s 37.301 |
Grupo Valle Medio (Uva de Mesa) |
u$s 3.052 |
Grupo Valle Soleado (BODEGA) |
u$s 90.170 |
Grupo Villa Regina (BODEGA) |
u$s 68.916 |
Actualmente se encuentra en formulación el PROVIAR II que complementará la consecución de este programa de apoyo a los pequeños productores vitivinícolas.
Programa compensador para daños ocasionados por granizo
Este Programa tiene como finalidad el resarcimiento de los perjuicios ocasionados hasta el "Costo Medio Operativo” (CMO) por kilogramo que se defina para cada especie en las condiciones establecidas en la reglamentación de la ley.
Se designa como autoridad de aplicación al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca a través de la Secretaría de Fruticultura.
También crea el Ente Compensador Agrícola de Daños por Granizo (ECG) organismo autárquico que tiene por función administrar el Fondo Mixto Compensador e instrumentar el programa. Este ente está administrado por 3 representantes titulares y 3 suplentes designados por la Federación de Productores de Fruta de Río Negro y Neuquén y 3 representantes titulares y 3 suplentes por el Estado provincial a designar por el ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca.
Entre las principales funciones asignadas al Ente Compensador Agrícola se encuentra la de fijar anualmente, mediante metodología aprobada por Resolución, el valor de la alícuota o cuota por kilogramo de fruta de acuerdo a la especie, la variedad si correspondiera y la historia de siniestralidad de la zona.
Asimismo se puede modificar los porcentajes de la composición de la alícuota en caso de aportes extraordinarios.
También fiscaliza y verifica, por si o por terceros, los daños ocasionados por granizo denunciados fehacientemente por el productor. El productor adherido y con siniestro deberá dar continuidad de las labores culturales y las rutinas técnicas necesarias para la obtención de fruta sana.
Tiene como funciones además liquidar la compensación de daños por granizo y ordenar su pago y disponer la inclusión de otras especies y variedades dentro de las cubiertas por el Programa, en el marco de las condiciones generales que fija la presente Ley y su reglamentación.
El programa se financia mediante un Fondo denominado "Fondo Mixto Compensador de Daños por Granizo de la Provincia de Río Negro", integrado por el aporte de los productores adherentes al Programa y del Estado Provincial de aportes extraordinarios provenientes de otras fuentes públicas y/o privadas.
Los aportes de los fondos lo realizan la Provincia de Río Negro y los Productores Adherentes de acuerdo al siguiente esquema:
a) Hasta 50 hectáreas de superficie neta implantadas de las especies incluidas por el Programa para el año correspondiente, el productor aporta el monto resultante del cincuenta por ciento (50%) de la alícuota determinada por el ECG, por kilogramo de producto asegurado.
b) De 50 y hasta 70 hectáreas de superficie neta implantadas, y por productor, el monto resultante del setenta por setenta por ciento (70%) del valor de la alícuota determinada por el ECG, por kilogramo de producto asegurado.
c) De más de 70 y hasta 100 hectáreas de superficie neta implantadas y por productor, el monto resultante del ochenta por ciento (80%) del valor de la alícuota determinada por kilogramo de producto asegurado.
d) Los que excedan las 100 hectáreas de superficie neta implantada deberán pagar el monto resultante del ciento por ciento (100%) de la alícuota determinada por kilogramo de producto asegurado, quedando en este caso el Estado Provincial exceptuando de realizar aportes.
El Estado Provincial aportará el monto que complemente el ciento por ciento (100%) de la alícuota de cada uno de los estratos de adherentes indicados en el inciso a) por kilogramo de producto asegurado proveniente de una partida especial del Presupuesto Provincial.
Con la finalidad de evitar quebrantos en el Fondo, se limita hasta dos millones de kilogramos la producción asegurable y resarcible para cada Unidad Productiva o de Unidades Productivas de un mismo productor que se encuentren distanciadas a menos de mil metros una de otra. Un productor podrá asegurar más de una Unidad Productiva que se encuentren a mas de mil metros de distancia una de otra hasta dos millones de kilogramos en cada una.
El Programa alcanza a todos aquellos productores que tengan explotaciones frutícolas, vitícolas y/u hortícola en la provincia de Río Negro, con cultivos incluidos en el Programa y que cumplan con los requisitos, plazos y condiciones que establezca el reglamento operativo del Programa de cada temporada.
Serán beneficiarios aquellos productores que adhieran voluntariamente al Programa mediante su inscripción antes de la fecha limite que establezca el ECG para cada especie /variedad, suscribiendo a tal efecto el Convenio de Adhesión correspondiente y aportando la cuota-parte en el tiempo y la forma que fije el Reglamento Operativo del Programa.
Cualquier productor puede ingresar y salir del Programa libremente mediante comunicación fehaciente o simplemente no adhiriendo a la siguiente campaña de producción de acuerdo a la fecha que se establezca, a excepción de aquellos productores que hayan recibido beneficios por daño, los que están obligados a continuar a la temporada siguiente, según lo establece el Reglamento Operativo del Programa.
El productor que se retira del Programa no recibirá indemnización alguna, ni podrá reclamar las cuotas aportadas por el tiempo que estuvo adherido, aún en los casos de pagos parciales de la alícuota correspondiente a una temporada de adhesión.
El productor con siniestro en su monte deberá continuar con las labores técnicas y culturales normales para la obtención de productos sanos y de calidad. Si en el momento de la inspección definitiva el verificador constatara que la actividad cultural no se ha cumplimentado, deberá incluir esta circunstancia en el Acta y el ECG podrá excluirlo del cobro de la compensación.
Con la constitución de este Fondo Fiduciario se propone reducir los costos, maximizar los recursos, dotar a los beneficiarios que se incorporen a este régimen de seguridad jurídica, valerse de un sistema ágil y dinámico, y asegurar la afectación especifica del aporte, beneficiando al sector que lo originan.
INFORMACION PARA UVA DE MESA
AÑOS |
CMO ($/kg) Resarcimiento |
Alicuotas a pagar por el productor ($/Kg) Hasta 50Ha |
Cant. Prod. Adheridos |
Temporada 2011/ 2012 |
1.90 |
0.095 |
3 |
Temporada 2012/2013 |
2.10 |
0.130 |
3 |
Temporada 2013/2014 |
2.52 |
0.160 |
3 |
INFORMACION PARA UVA DE VINIFICAR
AÑOS |
CMO ($/kg) Resarcimiento |
Alicuotas a pagar por el productor ($/Kg) Hasta 50Ha |
Cant. Prod. Adheridos |
Temporada 2011/ 2012 |
1.15 |
0.057 |
11 |
Temporada 2012/2013 |
1.28 |
0.079 |
13 |
Temporada 2013/2014 |
1.38 |
0.095 |
13 |