| Competencia de la Secretaría
General de la Gobernación: Compete a la Secretaría
General de la Gobernación asistir al Gobernador
directamente y en todo lo inherente a la coordinación
del Gabinete Provincial, la planificación general
de la provincia, el control de la gestión de gobierno,
el medio ambiente y, en particular:
1. Entender en la determinación
de los objetivos y políticas del área
de su competencia;
2. Ejecutar los planes, programas
y proyectos del área de su competencia elaborados
conforme las directivas que imparta el Poder Ejecutivo
Provincial;
3. Entender en la convocatoria
y coordinación de las reuniones del Gabinete
Provincial, conforme lo disponga el Gobernador;
4. Entender en todo lo concerniente
al desarrollo de actividades de planificación,
coordinación y supervisión de las políticas
públicas y programas de acción de gobierno,
según lo disponga el Gobernador;
5. Entender en todo lo inherente
a la evaluación y control de gestión de
la ejecución del plan de gobierno aprobado por
el Poder Ejecutivo;
6. Intervenir en todo lo inherente
al desarrollo e implementación de los sistemas
informáticos y de comunicaciones para la administración
pública provincial, incluyendo la auditoría
de licencias, compatibilidad de programas, equipamiento
y el asesoramiento técnico en la materia;
7. Entender en todo lo relativo
al Régimen de la Función Pública
incluyendo la regulación de la definición
de las estructuras organizativas, la selección
e ingreso, la capacitación, desarrollo, carrera,
deberes y derechos del personal, la estructura y composición
de los salarios y la relación de éstos
con el presupuesto provincial;
8. Entender en la supervisión
y seguimiento del convenio de transferencia del sistema
de previsión social de la provincia a la Nación;
9. Producir los informes que el
Gobernador le encomiende pudiendo recabar los antecedentes
necesarios de los distintos Ministerios, Secretarías,
organismos, entes, empresas, etcétera;
10. Entender en la planificación
general de la provincia;
11. Intervenir junto con cada
Ministerio en la elaboración de la planificación
sectorial;
12. Entender en todo lo atinente
al servicio administrativo y despacho del señor
Gobernador, asesoría legal y técnica incluyendo
la promoción en sede legislativa de proyectos
de leyes elaborados por el Poder Ejecutivo y la supervisión,
registro y publicación de leyes, decretos y demás
actos administrativos;
13. Entender en la supervisión
jerárquica de la Casa de Río Negro;
14. Entender en la difusión
de los actos de gobierno y política de comunicación
del Estado y órgano de aplicación de las
políticas relativas a radiodifusión, televisión
y espectro de frecuencias;
15. Entender en las relaciones
institucionales con la Fiscalía de Investigaciones
Administrativas, el Tribunal de Cuentas y Fiscalía
de Estado y Contaduría General de la Provincia;
16. Entender en la elaboración
y fiscalización de las normas de preservación,
protección y recuperación del medio ambiente;
17. Entender en la regulación
y control de los agentes, actividades y procesos contaminantes;
18. Intervenir en la promoción
de la educación ambiental y en la difusión
de prácticas tendientes a la preservación
ecológica;
19. Entender en la promoción, integración
y fortalecimiento de los consejos ambientales locales
y regionales.
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