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  Obligaciones de la Secretaría - Ley 3779
 
Competencia de la Secretaría General de la Gobernación: Compete a la Secretaría General de la Gobernación asistir al Gobernador directamente y en todo lo inherente a la coordinación del Gabinete Provincial, la planificación general de la provincia, el control de la gestión de gobierno, el medio ambiente y, en particular:

1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia;

2. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el Poder Ejecutivo Provincial;

3. Entender en la convocatoria y coordinación de las reuniones del Gabinete Provincial, conforme lo disponga el Gobernador;

4. Entender en todo lo concerniente al desarrollo de actividades de planificación, coordinación y supervisión de las políticas públicas y programas de acción de gobierno, según lo disponga el Gobernador;

5. Entender en todo lo inherente a la evaluación y control de gestión de la ejecución del plan de gobierno aprobado por el Poder Ejecutivo;

6. Intervenir en todo lo inherente al desarrollo e implementación de los sistemas informáticos y de comunicaciones para la administración pública provincial, incluyendo la auditoría de licencias, compatibilidad de programas, equipamiento y el asesoramiento técnico en la materia;

7. Entender en todo lo relativo al Régimen de la Función Pública incluyendo la regulación de la definición de las estructuras organizativas, la selección e ingreso, la capacitación, desarrollo, carrera, deberes y derechos del personal, la estructura y composición de los salarios y la relación de éstos con el presupuesto provincial;

8. Entender en la supervisión y seguimiento del convenio de transferencia del sistema de previsión social de la provincia a la Nación;

9. Producir los informes que el Gobernador le encomiende pudiendo recabar los antecedentes necesarios de los distintos Ministerios, Secretarías, organismos, entes, empresas, etcétera;

10. Entender en la planificación general de la provincia;

11. Intervenir junto con cada Ministerio en la elaboración de la planificación sectorial;

12. Entender en todo lo atinente al servicio administrativo y despacho del señor Gobernador, asesoría legal y técnica incluyendo la promoción en sede legislativa de proyectos de leyes elaborados por el Poder Ejecutivo y la supervisión, registro y publicación de leyes, decretos y demás actos administrativos;

13. Entender en la supervisión jerárquica de la Casa de Río Negro;

14. Entender en la difusión de los actos de gobierno y política de comunicación del Estado y órgano de aplicación de las políticas relativas a radiodifusión, televisión y espectro de frecuencias;

15. Entender en las relaciones institucionales con la Fiscalía de Investigaciones Administrativas, el Tribunal de Cuentas y Fiscalía de Estado y Contaduría General de la Provincia;

16. Entender en la elaboración y fiscalización de las normas de preservación, protección y recuperación del medio ambiente;

17. Entender en la regulación y control de los agentes, actividades y procesos contaminantes;

18. Intervenir en la promoción de la educación ambiental y en la difusión de prácticas tendientes a la preservación ecológica;


19. Entender en la promoción, integración y fortalecimiento de los consejos ambientales locales y regionales.

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