| De acuerdo al último dígito
de la cuit del contribuyente:
0/1 hasta el 21 de mayo de 2008.
2/3 hasta el 22 de mayo de 2008
4/5 hasta el 23 de mayo de 2008.
6/7 hasta el 26 de mayo de 2008.
8/9 hasta el 27 de mayo de 2008.
Para los contribuyentes obligados a presentar
balance comercial, el vencimiento de la Declaración
Jurada anual 2007 operará el quinto (5°)
mes inmediato siguiente al mes de cierre del balance
comercial, en los días que a continuación
se detallan:
1) Contribuyentes cuyo número de C.U.I.T. termine
en cero o en uno (0
ó 1) hasta el día veintitrés (23)
o hábil siguiente del quinto (5°) mes
inmediato siguiente al mes del cierre del balance
2) Contribuyentes cuyo número de C.U.I.T. termine
en dos o tres (2 ó
3) hasta el día veinticuatro (24) o hábil
siguiente del quinto (5°) mes
inmediato siguiente al mes del cierre del balance
3) Contribuyentes cuyo número de C.U.I.T. termine
en cuatro o cinco
(4 ó 5) hasta el día veinticinco (25)
o hábil siguiente del quinto (5°)
mes inmediato siguiente al mes del cierre del balance
4) Contribuyentes cuyo número de C.U.I.T. termine
en seis o siete (6 ó
7) hasta el día veintiseis (26) o hábil
siguiente del quinto (5°) mes
inmediato siguiente al mes del cierre del balance
5) Contribuyentes cuyo número de C.U.I.T. termine
en ocho o nueve
(8 ó 9) hasta el día veintisiete (27)
o hábil siguiente del quinto (5°)
mes inmediato siguiente al mes del cierre del balance
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