¿A quién está dirigido?
¿Cuándo es necesario realizarlo?
¿Quién puede realizarlo? ¿Es personal?
¿Qué necesito para hacerlo? (Documentación/Requisitos)
¿En que horario se puede hacer?
¿Tiene costo?
¿Dónde realizo el trámite?
La Nacional 26.413 en el artículo 67 indica que la licencia de inhumación o cremación será expedida por el oficial público del Registro Civil, teniendo a la vista el acta de defunción, salvo orden en contrario emanada de autoridad competente.