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PROGRAMA DE APOYO A LA MODERNIZACIÓN PRODUCTIVA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
 
Consultoría individual, Términos de Referencia, Solicitud de no Objeción.
Marco Regulatorio
 
  Obligaciones del Ministerio - Ley 3779
 
Competencia del Ministerio de Producción: Compete al Ministerio de Producción asistir al Gobernador en todo lo atinente al desarrollo de las actividades económicas y a la promoción de los intereses económicos provinciales como asimismo al impulso y desarrollo de la fruticultura, la agricultura, ganadería, recursos naturales, industria, comercio, transporte, hidrocarburos y minería, tecnología e innovación tecnológica y, en particular:

1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia;

2. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el Poder Ejecutivo Provincial;

3. Entender en todos los aspectos relativos a la promoción y fomento de los sectores de producción primaria, comercial e industrial;

4. Entender en la determinación de objetivos y políticas sobre los recursos naturales agrícolas, ganaderos, pesqueros, forestales, mineros, hidrocarburíferos y de minerales nucleares;

5. Entender en todo lo referido al régimen de las tierras fiscales de la provincia, como así también en lo concerniente al ordenamiento de la ocupación y uso del suelo;

6. Entender en todo lo referente a las políticas de promoción del desarrollo rural, dando prioridad al apoyo a la actividad de los pequeños y medianos productores y el fortalecimiento institucional de sus asociaciones;

7. Intervenir en la regulación tecnológica y ambiental de la investigación y del uso racional de los recursos naturales renovables y no renovables, incluyendo la promoción, fiscalización y control de la calidad en su uso, manejo y explotación;

8. Intervenir en todo lo relativo al sistema provincial de ciencia y tecnología;

9. Intervenir y reglamentar la promoción, difusión, fiscalización y desarrollo de las disciplinas científicas y técnicas y su implementación;

10. Entender en la promoción, constitución y consolidación de la pequeña y mediana empresa, orientando el acceso al crédito y a la información a través de la asociación estratégica y la integración de los productos a las cadenas de valor;

11. Entender en la promoción y regulación de la actividad cooperativa y la actividad mutual en todo el ámbito provincial;

12. Entender en el fomento y fiscalización de las actividades frutícolas como así también a todos los aspectos institucionales vinculados con la misma;

13. Entender en la defensa de la transparencia del negocio frutícola y presidir las comisiones de las leyes de transparencia frutícola y sanidad vegetal;

14. Entender en lo inherente a la investigación, experimentación y extensión de las actividades frutícolas;

15. Entender en la búsqueda de la tipificación, certificación de calidad, trazabilidad y normalización de los productos frutícolas;

16. Entender en la vinculación con la Secretaría de Agricultura de la Nación, Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), Comisión Nacional de la Fruticultura, Secretaría de Comercio de la Nación y demás entidades y organismos nacionales que se relacionan con el área;

17. Entender en la protección, fiscalización y lucha contra las plagas y enfermedades vegetales y la defensa fitosanitaria de la Provincia;

18. Entender en la participación provincial en la Fundación Barrera Sanitaria (FUNBAPA);

19. Entender en la vinculación con el Servicio Nacional de Sanidad Animal (SENASA);

20. Entender en los aspectos de promoción del consumo, desarrollo de mercados internos y externos para los productos de la Provincia y en los aspectos publicitarios en coordinación con el área correspondiente del Poder Ejecutivo;

21. Entender en la promoción de la asociación y formación de consorcios de producción y comercialización de los pequeños y medianos productores;

22. Intervenir en coordinación con el Consejo Provincial de Educación en lo inherente a la educación técnica.

Mtrio. de Producción
Institucional

 

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