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Registro de Profesionales

Ley G Nº 3338

Capítulo II Art. 11º “...El otorgamiento de la matrícula significa la autorización para el ejercicio de la profesión o actividad de apoyo...” El Departamento de Registro de Profesionales de la Salud dependiente de la Coordinación Provincial de Fiscalización Sanitaria y Salud Ambiental, tiene la responsabilidad de registrar y posteriormente otorgar la Matrícula Provincial a aquellos agentes que reúnan los requisitos establecidos según Ley G Nº 3338 del Ejercicio de las Profesiones de la Salud y Actividades de Apoyo sancionada el 30 de Septiembre1999.

La Ley establece en su Capítulo II Artículo Nº 11 que “Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 3º, el Consejo Provincial de Salud Pública, deberá cumplimentar el registro de aquellos profesionales y técnicos a quienes esta Ley se refiere.

El otorgamiento de la matrícula significa la autorización para el ejercicio de la profesión o actividad de apoyo respectiva y por ello será responsabilidad del Estado provincial asegurar la identidad de los solicitantes y la calidad de los títulos o certificaciones presentados. Dicha autorización podrá ser suspendida o cancelada definitivamente en virtud de sentencia judicial firme o de acuerdo con lo establecido en la presente Ley.

El Consejo Provincial de Salud Pública, está facultado para la implementación de las modalidades de registro y actualización de las matrículas más adecuadas a los fines de dar cumplimiento a la Ley Provincial R Nº 2570.

Los profesionales referidos en el artículo 1º de la presente Ley que, por cualquier motivo o razón, interrumpan el ejercicio de sus actividades por un plazo mayor a dos (2) años consecutivos, mantendrán la matriculación, la cual será revalidada al momento de reiniciar la actividad profesional. “

Las matrículas otorgadas a los profesionales incluidos en el inciso a) del artículo 1º de la presente Ley, deberán ser renovadas como máximo cada período de cinco (5) años a partir del primer otorgamiento y hasta el cumplimiento de treinta (30) años del ejercicio profesional; siendo responsabilidad del Consejo Provincial de Salud Pública, establecer las normas atinentes que aseguren dicha renovación sobre la base de la certificación de la aptitud técnico-científica de los profesionales y sus antecedentes judiciales, éticos y/o de sanciones, en los términos establecidos por la legislación vigente.” Para tal fin, y con el objeto de optimizar la metodología de registro de profesionales de la Salud este Ministerio cuenta con el funcionamiento de cuatro coordinaciones en el interior de la Provincia;

San Carlos de Bariloche, Cipolletti, General Roca, Choele Choel y Viedma, oficinas en las cuales además se recibe la documentación pertinente para la gestión de la matricula provincial correspondiente y habilitante para el ejercicio como profesionales, desde dichas oficinas la documentación recibida es enviada a este departamento para la inscripción en los libros correspondientes y otorgamiento de número de matrícula; Luego se realiza la inscripción en el Sistema Informático de Registro de Profesionales de este Ministerio y la pronta confección de la credencial con los datos correspondientes. Por último, para aquellos profesionales que posean alguna especialidad deben certificar la misma ante el comité de especialidades correspondientes para la obtención de la matricula provincial como especialistas.

Matrícula provincial.


TRAMITES DEPARTAMENTO DE MATRICULAS :

Debido a la gran demanda del personal de salud para iniciar sus tramites de matriculación, se habilita las distintas bocas de recepción en las diferentes delegaciones de Fiscalización Sanitaria de la Provincia. 

Quienes deseen iniciar su matriculación deberán acercarse de forma personal y/o comunicarse via telefónica a la a la delegación más cercana a su domicilio a los efectos de obtener los requisitos de la documentación a presentar, turnos, días y horarios, monto a abonar y número de cuenta bancaria donde registrar el pago.

Para ello proporcionamos los diferentes contactos, e-mail, dirección, a los efectos de una mayor celeridad en el tramite y obtención de la matriculación.

CONTACTOS:

- GENERAL ROCA -
Calle ITALIA y PALACIOS - TELEF. 0298-4435848
fiscalizacion_zonaeste@yahoo.com.ar

- CIPOLLETTI - 
Calle FERNÁNDEZ ORO N° 770, (esquina Saenz Peña) - TELEF. 0299-4771611
fiscalizacionsanitaria@salud.rionegro.gov.ar

- CHOELE CHOEL - 
Calle 25 de Mayo N° 389 - TELEF. 0298-4291816 
fiscalizacionchch@gmail.com

- SAN CARLOS DE BARILOCHE -
Calle Moreno N°601 - Hospital Bariloche Viejo Edificio - TELEF. 0294-4426117/119- Int. 485
matriculas@hospitalbariloche.com.ar

- EL BOLSÓN -
Calle Perito Moreno N°456 (Hospital Área Programa) - TELEF. 0294-4663348 
fiscalizacion.hospitalelbolson@hotmail.com

- VIEDMA -
Calle Laprida N° 240 - TELEF. 02920-421230
registrodeprofesionales@salud.rionegro.gov.ar


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Departamento Registro de Profesionales |Ministerio de Salud | Laprida Nº240 – Viedma (8500)